En Domus Sicilia Immobiliare, creemos firmemente que detrás de cada contrato hay, ante todo, personas. A menudo nos encontramos gestionando situaciones delicadas en las que, por motivos de salud, movilidad o compromisos inaplazables, un cliente no puede acudir físicamente ante el notario para la firma de una escritura.
Cuando nos enfrentamos a esta eventualidad, la preocupación es natural: “¿Se para el proyecto? ¿Tenemos que renunciar a la venta o a la compra?”. La respuesta es un tranquilizador no. La ley italiana prevé instrumentos precisos para garantizar que el derecho de compraventa no se vea obstaculizado.
He aquí cómo podemos gestionar estas situaciones juntos, garantizando la máxima protección y tranquilidad.
1. El Poder (Procura): delegar con seguridad
La solución más frecuente es el otorgamiento de un poder. Se trata de un acto público (o documento privado autenticado) mediante el cual la persona interesada (el poderdante) confiere a una persona de confianza (el apoderado) el poder de actuar en su nombre y por su cuenta para la formalización del acto.
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Poder General (Procura Generale): Confiere al apoderado el poder de gestionar todos los asuntos del poderdante.
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Poder Especial (Procura Speciale): Es el que utilizamos más a menudo en el sector inmobiliario. Está limitado exclusivamente al acto de compraventa de un inmueble específico.
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La ventaja: El apoderado se ocupará de todo el proceso en nombre del propietario, quien mantiene el control pleno sobre la decisión final.
2. El impedimento temporal o físico
¿Qué sucede si la persona está lúcida y consciente, pero imposibilitada físicamente para firmar (por ejemplo, debido a una discapacidad motora o un ingreso hospitalario temporal)?
En estos casos, se puede recurrir a la figura de los testigos o a procedimientos específicos previstos por la ley notarial, que permiten al notario recoger la voluntad de la parte incluso en presencia de un impedimento temporal. Será el notario, en calidad de funcionario público, quien verifique y certifique la capacidad de discernimiento, garantizando la absoluta regularidad de la operación.
3. El apoyo de nuestra agencia
En Domus Sicilia Immobiliare, no le dejamos solo en este recorrido burocrático. Nuestro papel es hacer de puente:
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Coordinación con el Notario: Nos encargamos de dialogar con la notaría para identificar la solución jurídica más sencilla y segura para su caso específico.
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Asistencia domiciliaria: Si es necesario, trabajamos para que el notario pueda desplazarse al domicilio de la persona imposibilitada para moverse, haciendo que el momento de la firma sea lo más tranquilo posible.
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Transparencia: Explicamos cada paso de forma sencilla, evitando tecnicismos que puedan generar confusión o ansiedad.
Nuestra filosofía: La casa es un derecho, la tecnología y el derecho están a nuestro servicio
No permita que una dificultad temporal bloquee sus proyectos de vida. Ya se trate de una inversión o del deseo de cambiar de casa, cada obstáculo tiene una solución legal que le protege a usted y a sus intereses.
Si se encuentra en una situación particular o tiene dudas sobre cómo proceder, no dude en ponerse en contacto con nosotros. Estamos aquí para escucharle y para encontrar juntos el mejor camino para alcanzar sus objetivos.
Domus Sicilia Immobiliare: las personas en el centro, soluciones concretas.
¿Necesita un asesoramiento personalizado sobre su situación inmobiliaria? Pásese por nuestra oficina o póngase en contacto con nosotros a través de nuestros canales sociales para una charla informal.
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